Morelia, Mich., Michoacán se encuentra entre las siete entidades a nivel nacional que cuentan ya con el reglamento en la ley en materia de igualdad; sin embargo, más de 20 entidades carecen de ella, según el estudio de análisis, seguimiento y monitoreo de la política Nacional en materia de igualdad entre hombres y mujeres elaborado por la Comisión nacional de Derechos humanos.

En base en lo revisado, la CNDH plantea como necesario que todas las leyes referentes a igualdad entre mujeres y hombres, definan en qué consiste la igualdad, y que adopten elementos de instrumentos internacionales como la CEDAW para fortalecer el planteamiento de los objetos de estas leyes.

Se elimine la asignación de roles y los estereotipos de género de los marcos normativos que, precisamente, promueven la igualdad y la no discriminación y que las entidades federativas cuenten con una ley de discriminación que reconozca, a su vez, la discriminación por razón de género (por orientación sexual, por identidad de género).

De acuerdo con el análisis de seguimiento y monitoreo de la política Nacional en materia de igualdad entre hombres y mujeres, la entidad junto con otros estados, establece dentro de su ley sobre discriminación, que tanto al sexo como al género, como características por las cuales no se puede discriminar.

Mientras que las leyes que mencionan sólo a la preferencia sexual son 19: la Federal, Baja California Sur, Chiapas, Coahuila, Colima, Durango, Guanajuato, Guerrero, Hidalgo, Michoacán, Oaxaca, Querétaro, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz y Zacatecas.

Respecto a las referencias explícitas a la igualdad sustantiva, ésta sólo se plantea como un objetivo de la no discriminación en 15 leyes, entre ellas la de Michoacán, Campeche, Ciudad de México, Quintana Roo, Sinaloa, Tlaxcala, Veracruz, Aguascalientes, Baja California, Baja California Sur, Chiapas, Coahuila, San Luis Potosí, Tamaulipas y Zacatecas; mientras que, sólo en dos entidades se menciona que las y los servidores públicos tienen prohibido discriminar (Aguascalientes y Baja California Sur).

En este análisis también se señala que si bien las legislaciones sobre discriminación comparten elementos en común, se pueden apreciar disimilitudes que, en algunos casos, podrían reflejar falta de precisión en el manejo de los conceptos. Esto puede deberse a la necesidad de llevar a cabo una revisión de las leyes, a la luz de la perspectiva de género.